Nuestro objetivo es definir y establecer los principios y criterios generales que rigen las actuaciones de comunicación de la información económico-financiera, no financiera y corporativa a través de los canales que se consideren adecuados, y de manera específica, los contactos con los accionistas, los inversores y los asesores de voto, prestando especial atención a los puntos de vista de aquellos accionistas y grandes inversores no representados en el Consejo de Administración. Todo ello, sin perjuicio de las obligaciones legales de difusión de información privilegiada, otra información relevante y otro tipo de información regulada, aplicables a la Sociedad.
Principios generales
Corresponde al Consejo de Administración la más alta supervisión de la información suministrada al mercado, a los inversores y a los demás grupos de interés, contribuyendo asimismo a la maximización de su difusión y calidad, todo ello de conformidad con los siguientes principios generales:
Los principios expuestos serán de aplicación a la información y a las comunicaciones de la Sociedad con sus grupos de interés, tales como accionistas, inversores institucionales, entidades financieras intermediarias, gestoras y depositarias de las acciones o instrumentos de deuda de la Sociedad, analistas financieros y no financieros, organismos de regulación y supervisión, agencias de calificación crediticia (rating), agencias de información, asesores de voto (proxy advisors), medios de comunicación y similares.
Sin perjuicio de los principios de igualdad de trato y no discriminación, la Sociedad podrá adaptar los canales generales y especiales de información y comunicación con el mercado, los inversores y demás grupos de interés, en función de los diversos colectivos destinatarios.
Todo lo anterior, atendiendo al cumplimiento de la normativa vigente sobre tratamiento de la información privilegiada y de otra información relevante, relaciones con los accionistas y comunicación con los mercados de valores contenidas en el Reglamento del Consejo de Administración, el Reglamento Interno de Conducta en el ámbito del Mercado de Valores, el Código de Ética y Conducta y en las normas internas para la clasificación de la información y el registro de la información ante los mercados de valores y sus organismos reguladores.
Canales generales de información y comunicación
El primer canal general de información de la Sociedad a los accionistas, los inversores y los mercados en general es la Comisión Nacional del Mercado de Valores (“CNMV”), a quien remite toda información que, conforme a la legislación vigente, tenga consideración de privilegiada o relevante, la información financiera y no financiera de carácter periódico y la información corporativa establecida en la ley, así como, en su caso, los canales establecidos por otras autoridades y organismos de supervisión extranjeros. La información enviada a la CNMV adquiere difusión y carácter público de manera inmediata mediante la publicación en su página web.
La Sociedad potenciará su página web corporativa (www.repsol.com) como canal de información con los accionistas, los inversores y demás grupos de interés, canalizando a través de la misma toda la información económico-financiera, no financiera y corporativa que pueda ser de interés, favoreciendo la inmediatez de su publicación y la posibilidad de acceso posterior, con objeto de que la transparencia sea el valor prioritario que configura las relaciones de la Sociedad con los mercados y el público en general. A la página web corporativa se incorporarán de forma simultánea todas las comunicaciones de información privilegiada o de otra información relevante realizadas por la Sociedad, así como la información financiera y no financiera de carácter periódico y la información corporativa establecida en la ley.
La Sociedad contará con un área específica de comunicación, encargada de gestionar, entre otras, la relación con los medios de comunicación y de elaborar los comunicados de prensa de forma coordinada con las áreas afectadas, manteniendo la coherencia y alineación entre los mensajes emitidos por la Sociedad en cualquiera de sus soportes y canales.
La Sociedad es consciente de que las nuevas tecnologías de la información tienen una repercusión e influencia relevante en la actividad social y en sus relaciones con los accionistas, inversores y demás grupos de interés. Por este motivo, y con el fin de contribuir a la maximización de la difusión de la información, la Sociedad podrá utilizar, de manera adicional y complementaria a los canales anteriores, redes sociales de amplia aceptación, distribución, presencia y seguimiento, para comunicar información económico-financiera, no financiera y corporativa, siempre que se cumpla con los requisitos establecidos en la normativa vigente sobre comunicación de información privilegiada y otra información relevante, así como las restantes normas internas de la Sociedad.
Junta General de Accionistas
El Consejo de Administración promoverá la participación informada y responsable de los accionistas en la Junta General de Accionistas, adoptando para ello las medidas oportunas para facilitar que la Junta General ejerza las funciones que le son propias. A tal fin, la Sociedad pondrá a disposición de sus accionistas, con carácter previo a la Junta, los canales adicionales de comunicación que resulten apropiados en cada momento, tales como el foro electrónico de accionistas o aquellos otros que se establezcan, así como cuanta información sea legalmente exigible o, aun no siéndolo, resulte de interés para ellos y pueda ser suministrada razonablemente. Asimismo, atenderá con la mayor diligencia las solicitudes de información y las preguntas formuladas por los accionistas con carácter previo a la Junta o con ocasión de la celebración de ésta última.
La Sociedad podrá utilizar los servicios de agencias, entidades e intermediarios financieros para una mejor distribución de la información entre sus accionistas e Inversores Institucionales.
Por su parte, el área de la secretaría general, con el apoyo del área de relación con inversores, será la responsable de mantener la interlocución con los asesores de voto, atendiendo a sus consultas en relación con las propuestas de acuerdo que se sometan a la Junta General de Accionistas y facilitándoles las aclaraciones que se consideren apropiadas.
Esta política fue aprobada por el Consejo de Administración de Repsol, S.A. el día 16 de diciembre de 2015 y modificada posteriormente el 17 de febrero de 2021.